Dispuso en la administración de justicia: (i) la finalización de la feria judicial extraordinaria, con apertura presencial de manera gradual y progresiva; y (ii) la reanudación de los plazos procesales.
Dispuso en la administración de justicia: (i) la finalización de la feria judicial extraordinaria, con apertura presencial de manera gradual y progresiva; y (ii) la reanudación de los plazos procesales.