Decreto N°298/2020 [BO 20/03/2020 (Nacional)]

Dispone:

  1. Suspender el curso de los plazos, dentro de los procedimientos administrativos regulados por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y por otros procedimientos especiales.
  1. Exceptuar de la suspensión dispuesta a los trámites administrativos relativos a la emergencia declarada por Ley Nº 27.541 ampliada por el Decreto 260/2020 y sus normas modificatorias y complementarias.
  1. Facultar a las jurisdicciones, entidades y organismos contemplados en el artículo 8 de la Ley de Administración Financiera Nº 24.156 para disponer excepciones, en el ámbito de sus respectivas competencias, a la suspensión de plazos prevista con carácter general.

Posteriormente, se prorrogó la suspensión del curso de los plazos dispuesta por el Decreto N° 298/20 desde el 1 al 12 de abril de 2020 inclusive mediante el Decreto N° 327/2020 y desde el 13 al 26 de abril de 2020 inclusive por el Decreto N° 372/2020.

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